sábado, 23 de noviembre de 2013

Higiene y seguridad en el trabajo

Es muy importante para el mantenimiento de las condiciones físicas y psicológicas del personal.
Higiene y seguridad del trabajo constituye dos actividades íntimamente relacionadas, orientadas a garantizar condiciones personales y
 materiales de trabajo capaces de mantener nivel de salud de los empleados.
Desde el punto de vista de la administración de recursos humanos, la salud y la seguridad
de los empleados constituye una de las principales bases para la preservación de la fuerza
 laboral adecuada.
Para que las
 organizaciones alcancen sus objetivos deben de un plan de higiene adecuado, con objetivos de prevención definidos, condiciones de trabajo optimas, un plan de seguridad del trabajo dependiendo de sus necesidades.

HIGIENE DEL TRABAJO
Se refiere a un conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan.
SEGURIDAD DEL TRABAJO
La seguridad del trabajo es le conjunto de medidas técnicas, educacionales, medicas y psicológicas empleadas para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente, y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implantación de prácticas preventivas.

Marco legal de seguridad e higiene en Mexico
El marco legal que actualmente nos rige en México en materia de Salud Laboral se cita de acuerdo a las obligaciones que nos aplica:
Ley Federal del Trabajo.
Art 134 fracción X.- Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
Art 422 fracción VIII.- 
Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades.
Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo STPS.
Articulo 14.
 Será responsabilidad del patrón que se practiquen los exámenes médicos de ingreso, periódicos y especiales a los trabajadores expuestos a los agentes físicos, químicos, biológicos y psicosociales, que por sus características, niveles de concentración y tiempo de exposición puedan alterar su salud, adoptando en su caso, las medidas pertinentes para mantener su integridad física y mental, de acuerdo a las Normas correspondientes.
Articulo 18. Son obligaciones de los trabajadores numeral VI. Someterse a los exámenes médicos que determine el patrón de conformidad con las Normas correspondientes, a fin de prevenir riesgos de trabajo.
Articulo 146.
 Los médicos de los servicios preventivos de medicina del trabajo estarán obligados a comunicar al patrón, los resultados de los exámenes médicos en cuanto a la aptitud laboral de los trabajadores, respetando la confidencialidad que obliga la ética médica
Riesgos de trabajo

Cuando un asegurado sufra un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo, o bien un accidente al trasladarse directamente de su domicilio al lugar de trabajo o viceversa, de considerarlo necesario el médico del IMSS le expedirá un certificado de incapacidad temporal para el trabajo

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